Actuación de Dotación en la zona de costa del t.m. de Orihuela. Iniciativa para la cualificación de la ciudad turística consolidada. Pérdida de perspectiva de futuro de los PGE.

Iniciativa de intervención urbanística dirigida por los despachos profesionales, PAU Urbanismo (Gerardo Roger Fernández), y Serrano & Asociados, Urbanistas. Esta propuesta ciertamente innovadora plantea un ajuste del planeamiento vigente en un área de suelo urbano, urbanizado consolidado, Playa Flamenca; se concreta en un incremento de edificabilidad encaminado a potenciar las actividades económicas (oficinas y comercial) en un entorno homogéneo residencial-turístico consolidado. Supone la aplicación de preceptos de la ley estatal de suelo, en concreto el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana de 2015, TRLSRU/15, arts. 7.1.b y 18.2. También de la legislación valenciana, arts. 36.4 y 5, 35.1.i, 63.3, 76 bis y 77.1.b, de la Ley 5/2014 de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, LOTUP.

La zona de costa de Orihuela constituye un entramado urbano extensivo, homogéneo, paradigma de la ocupación del territorio con viviendas características del denominado turismo residencial de baja densidad. La homogeneidad átona, sin identidad, ni calidad, resultante de la mera yuxtaposición de sectores ordenados con planeamiento de desarrollo, demanda la generación de lugares o centros de referencia, de servicios que deben ser reconocidos y potenciados, como es el objetivo pretendido con esta actuación.

 

Sobre la necesidad de generar instrumentos innovadores de planeamiento en el frustrante contexto de la tramitación de planes generales y la dificultad para su efectiva vigencia.

Es un hecho cierto que el devenir legislativo y su complejidad formal frenan la eficacia de las revisiones de los planes generales abonados tradicionalmente a la idea de actuaciones urbanísticas de ensanche, sin propuestas de intervención en la ciudad construida. Esta realidad, sumada a la doctrina jurisprudencial consolidada que determina la nulidad de planes urbanísticos, en su condición de disposiciones de carácter general, por cualquier defecto en su tramitación o contenido (veáse reciente STSJ de Galicia núm. 6850/2019), ha propiciado que los planes generales se hayan convertido más que en un instrumento efectivo de ordenación, en un producto burocrático, un documento sin capacidad de adaptación a las demandas de una ciudad dinámica. Resulta pues necesario revisar la forma de intervenir en la ciudad, dotándonos de instrumentos adecuados para ello.

En este escenario se encuentra el t.m. de Orihuela, frustrado  el intento de revisión del PGOU de Orihuela (véase el Documento de Referencia de 27 de junio de 2013), el municipio cuenta en la actualidad con un plan general aprobado definitivamente en 1.990, formulado al amparo de un modelo urbanístico propio de la época, que ha transformado la zona de costa generando indudablemente riqueza y consolidando la idea del turismo residencial, en un ámbito colmatado de baja densidad. Este tipo de desarrollo, ha tenido como consecuencia un desequilibrio entre la abundante proporción de suelo residencial consumido y la inexistencia de nodos, que vertebren la actividad terciaria, aunque en términos formales de estándares el territorio estuviera dotado de la misma.

 

Imagen del Visor Gva, Zonificación. Identificación uso terciario (color naranja) en Zona costa, Orihuela.

 

Con la presente propuesta de actuación de dotación en Playa Flamenca, se pretende la consolidación y mejora de un ámbito especializado funcionalmente en actividades económicas y de servicios, que vertebra la ciudad turístico – residencial construida, a la vez que se generan nuevos espacios dotacionales en beneficio de la población de Orihuela Costa.

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