El despacho SERRANO & ASOCIADOS, pionero en la aplicación en la Comunidad Valenciana de la figura del Agente Edificador.

16.4.18

En fecha reciente, el juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº3 de Alicante ha dictado Sentencia en recurso dirigido por el despacho SERRANO & ASOCIADOS, contra acuerdo del Ayuntamiento de Alicante, favorable en su integridad a las pretensiones del recurso, en asunto relativo a la novedosa figura del Agente Edificador. La sentencia viene a declarar “…el incumplimiento culpable del deber de edificar por parte del propietario del solar…” sito en el Cabo de las Huertas del t.m. de Alicante, con los efectos que resultan de la plena aplicación del art. 185 de la Ley 5/2014, de 25 de julio de Ordenación del Territorio, Urbano y Paisaje de la Comunidad Valenciana (LOTUP), además, establece: a) “acordar la inscripción del solar situado en la Calle Océano núm. 18 en el registro municipal de solares y edificios a rehabilitar”; b) “ordenar al Excmo. Ayuntamiento de Alicante que proceda a abrir la convocatoria de concurso de selección de programa de actuación aislada en sustitución del propietario previsto en los arts. 185 y siguientes de la LOTUP, y, c) “comunicar al Registro de la Propiedad para que practique la anotación marginal correspondiente a la inscripción de la finca registral…”.

Esta sentencia, primera en la materia, deja expedito el camino para la apertura del procedimiento de concurrencia para la selección de agente edificador en sustitución forzosa del propietario declarado incumplidor. Además la declaración de incumplimiento abra la puerta de una nueva fuente de ingresos para la Corporación municipal por cuanto, del total del valor que el agente urbanizador debe retribuir al propietario inicial del solar, ya sea en metálico o con departamentos construidos, una parte, hasta el 50% del mismo, se entregará al Ayuntamiento actuante, según dispone el art. 103.4 LOTUP, en relación con el art. 49.3 del Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, apartado por RDL 7/2015, de 30 de octubre.

El despacho SERRANO & ASOCIADOS, ya obtuvo en fecha 7 de noviembre de 2016, la primera declaración de incumplimiento del deber de edificar en el ámbito de la Comunidad Valenciana, acordada por el Ayuntamiento de Denia.

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