La batalla por las medidas cautelares. Ejercicio abusivo de las potestades administrativas por parte de la Administración del Estado responsable en materia de carreteras en el ámbito de la Comunidad Valenciana, en el proceso de ejecución de obras de urbanización. Auto, núm. 13/2024, del TSJCV de medidas cautelares de fecha 30 de enero de 2024.
En una anterior entrada, dando cuenta de la sentencia del TSJCV de fecha 14 de noviembre, número 593/2023, reflexionamos sobre el alcance vinculante de los instrumentos de planeamiento urbanístico dado su carácter normativo, tanto para los administrados como para las administraciones y los límites para el ejercicio de sus competencias en la tramitación de modificaciones puntuales de los mismos.
Esta vinculación se proyecta, igualmente, en el ejercicio de las potestades administrativas sustentadas en apariencia en la defensa de los bienes de dominio público, carreteras del Estado, durante la fase de gestión y ejecución de las determinaciones de dichos instrumentos de planeamiento. Sucede, sin embargo, que en ocasiones estas administraciones públicas ignoran esta vinculación y efectúan un ejercicio abusivo de sus prerrogativas de autotutela, pretendiendo enmendar el instrumento de planeamiento de facto en fase de ejecución de sus determinaciones.
Este es el caso que nos ocupa en esta entrada. La Administración del Estado con competencias en materia de carreteras recurrió en sede judicial la modificación puntual de un instrumento de planeamiento. El recurso contencioso administrativo se resuelve por sentencia núm. 593 del TSJ de la Comunidad Valenciana de fecha 14 de noviembre de 2023, ya firme, declarando la conformidad a derecho de dicha modificación, al haber quedado acreditada la inexistencia de afección de la misma a su régimen competencial, y su participación activa y favorable durante la tramitación del instrumento de origen.
Encontrándose en fase de ejecución las obras de urbanización, la administración de carreteras vuelve a la carga, ordenando el cierre con un plazo de tres días, del acceso al ámbito urbanístico desde la CN 332 (ejecutado hace más de 20 años con autorización expresa de la administración competente), incluso reclamando la paralización de la totalidad de las obras de urbanización, por una pretendida, inexacta, carencia de autorización administrativa.
Frente a dicha improcedente y abusiva orden de cierre y paralización, el promotor formula recurso contencioso administrativo e insta la medida cautelar de suspensión de la misma. Sustanciado el trámite de medida cautelar, el TSJ de la Comunidad Valenciana resuelve, por Auto de fecha 30 de enero de 2024, conceder la suspensión del acto administrativo impugnado, sobre la base de los siguientes argumentos:
- En atención al periculum in mora, de no accederse a la medida cautelar se impediría la ejecución del instrumento de planeamiento cuya conformidad a derecho se ha reconocido en sentencia judicial firme, ocasionando no sólo perjuicios a la mercantil por su propio interés en la realización de la obra encomendada sino también se vería paralizada la función normalizadora y de cumplimiento de la legalidad vigente que la ejecución del planeamiento pretende.
- En cuanto a la ponderación de intereses en conflicto, y partiendo nuevamente de la legalidad vinculante del instrumento de planeamiento, debe prevalecer en la estrecha sede cautelar el cumplimiento de la legalidad vigente y la ejecución del mencionado planeamiento, teniendo en cuenta, además, las obligaciones en materia de protección ambiental vinculadas al mismo.
En definitiva, se pone nuevamente de relieve la importancia vital de la medida cautelar como factor esencial en el ejercicio garante del derecho a la tutela judicial efectiva de los justiciables en general, y de los administrados frente a la Administración Pública, en particular y frente a las cada vez más extendidas inmunidades del poder (de las que nos habló el profesor[1] Eduardo García de Enterría). Más aún cuando la actuación de las administraciones se basa en un ejercicio abusivo del derecho.
[1] E. García de Enterría. La lucha contra las inmunidades del poder. CIVITAS, 1983.