Urbanismo concertado para la eficiente protección de espacios de valor ambiental, Salar de Los Canos en Vera.
El pleno del Ayuntamiento de Vera, en sesión celebrada el pasado 20 de febrero de 2026, ha acordado aprobar inicialmente y someter a información pública el convenio urbanístico en materia de planeamiento y gestión a otorgar entre dicho Ayuntamiento y la compañía Residencial Vista Alegre, SAU, en el ámbito de los sectores de suelo urbanizable residencial RC-2 y RC-4C; convenio urbanístico en cuya negociación y redacción ha tenido una importante intervención SERRANO&ASOCIADOS como asesores jurídicos de Residencial Vista Alegre, SAU. (TM Grupo Inmobiliario)

El expresado convenio urbanístico contempla como hito histórico la cesión anticipada y gratuita al Ayuntamiento de Vera de más de medio millón de metros cuadrados correspondientes al humedal Salar de lo Canos, garantizando de este modo la preservación y conservación de este espacio incluido en el “Inventario de Humedales de Andalucía”, que pasa así a ser de titularidad pública.

La modificación de las determinaciones de las Normas Subsidiarias de planeamiento municipal de Vera objeto, entre otros extremos, del citado convenio, permitirá atender a evidentes razones de interés público al posibilitar, además, la ejecución material del “Proyecto de laminación y evacuación de avenidas de la Rambla del Algarrobo” en Vera, garantizando de esa forma tanto la eliminación del riesgo potencial significativo de inundación existente en la zona urbana de «El Playazo», con el evidente peligro que ello conlleva para la integridad física de las personas, como la permanencia del aporte hídrico al humedal Salar de Los Canos. De igual forma, como se ha reseñado, se anticipa y garantiza la obtención gratuita por parte del municipio de Vera, de la colectividad, de los terrenos integrantes del expresado humedal Salar de Los Canos como sistema general o reserva de dotaciones locales apropiadas para los fines de dicho humedal, garantizando su conservación y permitiendo su uso y disfrute por la ciudadanía. Por lo demás, el citado convenio permite atender a la alteración sobrevenida de las condiciones de ejercicio de la ejecución de la urbanización, o de las condiciones de participación en la misma, en el ámbito del sector RC-2, máxime si se considera la responsabilidad en que podría incurrir el Ayuntamiento de Vera por razón de las elevadísimas cargas urbanísticas soportadas hasta la fecha por la propiedad de dicho sector, Residencial Vista Alegre, SAU, en especial las relativas a la financiación del Plan Especial para la Identificación, Ordenación y Gestión de Sistemas Generales e Infraestructuras de la Zona de Costa del término municipal de Vera. De este modo, se desbloquea el desarrollo urbanístico del Sector RC-2, contribuyendo a atender a la demanda de suelo para uso turístico-residencial de calidad en el término municipal de Vera.




































































































